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BIOMASA 2017

ADHESION  ENTIDADES COLABORADORAS

Entidades colaboradoras: Entidades privadas con personalidad jurídica o empresarios individuales, dados de alta como empresas de instalación térmicas en edificios, con domicilio social o centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de Galicia, que acrediten la condición de eficacia de solvencia técnica y económica.  (DOG nº. 43 del 2 de marzo de 2017).

Plazo para la adhesión de las entidades colaboradoras

  • Inicio: a partir del 3 de marzo de 2017
  • Fin: el 23 de marzo de 2017 (incluído)

Acceso a la aplicación de adhesión como entidad colaboradora.

Listado entidades colaboradoras adheridas

Consultar el listado de entidades colaboradoras adheridas hasta el momento.

Modos de adhesión

a) Simplificada: Usuario y contraseña de la edición anterior.

b) Alta de nuevas entidades colaboradoras. El solicitante crea un usuario y contraseña al acceder la primera vez.

Presentación telemática

Anexo II y Anexo X (convenio) y demás documentación solicitada, según el caso. 

Requisitos técnicos mínimos necesarios

- Utilizar navegador compatible: Internet Explorer v.8 o superior.

- Tener instalado la versión Java 1.8 o superior.

- El solicitante o representante legal deberá tener un DNI electrónico o cualquier otro certificado digital en vigor bajo la norma X.509v3.

SUBVENCIONS A PROYECTOS DE BIOMASA PARA PERSONAS FÍSICAS

CORRECCIÓN DE ERRORES. Resolución de 6 de julio de 2017 por la que se conceden las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a proyectos para la creación, mejora y ampliación de pequeñas infraestructuras para proyectos de equipamientos térmicos de biomasa destinadas a particulares, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del Programa de desarrollo rural (PDR) de Galicia 2014-2020 sobre la base de la convocatoria de subvenciones realizada por la Resolución de 9 de febrero de 2017 de este mismo órgano (Diario Oficial de Galicia número 43, de 2 de marzo).(DOG nº 145 del 1 de agosto de 2017)

RESOLUCIÓN de 6 de julio de 2017 por la que se conceden las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a proyectos para la creación, mejora y ampliación de pequeñas infraestructuras para proyectos de equipos térmicos de biomasa destinados a particulares, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del Programa de desarrollo rural (PDR) de Galicia 2014-2020 sobre la base de la convocatoria de subvenciones realizada por la Resolución de 9 de febrero de 2017 de este mismo órgano (Diario Oficial de Galicia número 43, de 2 de marzo).(DOG nº. 135 del 17 de julio de 2017).
 
RESOLUCIÓN de 6 de julio de 2017 por la que se amplía la dotación presupuestaria prevista inicialmente en la Resolución de 9 de febrero de 2017 por la que se establecen las bases reguladoras y se anuncia la convocatoria de subvenciones para la creación, la mejora y la ampliación de pequeñas infraestructuras para proyectos de equipos térmicos de biomasa destinadas a particulares, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del Programa de desarrollo rural (PDR) de Galicia 2014-2020, y se procede a la selección de las entidades colaboradoras que participarán en la gestión de estas subvenciones. (DOG nº 132 del 12 de julio de 2017).
 

A continuación se describe brevemente las características principales de esta convocatoria de ayudas, aunque  la información que se considerará oficial, a todos los efectos, será la publicada en la  Resolución del 9 de febrero de 2017, por la que se aprueban las bases reguladoras y se anuncia la convocatoria para el año 2017 de las subvenciones para la creación, mejora y ampliación de pequeñas infraestructuras para proyectos de equipamientos térmicos de biomasa destinadas a particulares, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desenvolvemento Rural (Feader) en el marco del PDR de Galicia 2014-2020  (Procedimientos IN421H, IN421I). (DOG nº. 43 del 2 de marzo de 2017). 

Plazo para la presentación de solicitudes

  • Inicio: 24 de marzo de 2017
  • Fin: 24 de abril de 2017

  Acceso a la aplicación de cumplimentación y presentación de solicitudes.

Sólo se admite la tramitación electrónica. Las solicitudes y demás documentación digitalizada serán presentadas, a través  de la aplicación, por las entidades colaboradoras adheridas.

Beneficiarios

- Personas físicas de derecho privado, comunidades o mancomunidades de vecinos

- Propietarios o titulares de un inmoble del sector residencial situado en el ámbito rural de la Comunidad Autónoma de Galicia.

- Agrupaciones de personas físicas o privadas sin personalidad

Características de los equipos técnicos

Artículo 3 de las bases de la convocatoria.

Intensidad de ayudas y cuantías máximas 

La cuantía máxima de la ayuda será calculada en función de la potencia unitaria instalada y del tipo de instalación, con los siguientes límites adicionales por proyecto, según el artículo 4.2 de las bases:

- La intensidad máxima de la ayuda será del 50% del cálculo de la inversión elegible por potencia instalada.

- La cuantía máxima de la ayuda por proyecto será de 50.000 €

Plazo máximo de resolución de concesión

4 meses desde la finalizacióno del plazo de presentación de solicitudes.

Plazo de  ejecución y justificación de gastos

30 de septiembre de 2017 

Documentación complementaria

Memoria técnica

Anexo VI - Renuncia

Modelo Certificado Finalización Instalación

Modelo Declaración Responsable

- Zonas consideradas densamente pobladas (urbanas) según la clasificación ZPP o ZIP del grado de urbanización de la parroquia según el GU 2016 (fuente: Instituto Galego de Estatística). Consultar a listaxe

Más información

En el teléfono 981 541500 (opción 3 de la locución telefónica) o mediante el correo electrónico inega.info@xunta.gal