INEGA Instituto Enerxético de Galicia

Play

logo_FEDER

SUBVENCIÓN DE PROYECTOS DE ENERGÍA FOTOVOLTAICA, PARA EL AÑO 2021-2022 COFINANCIADAS POR EL FONDO EUROPEO DE DESARROLLO REGIONAL, EN EL MARCO DEL PROGRAMA OPERATIVO FEDER-GALICIA 2014-2020 (IN421S)

A continuación se describen brevemente las características principales de esta  línea de ayudas, aunque la información que se considerará oficial a todos los efectos será la publicada en la Resolución de 25 de junio de 2021, por la que se establecen las bases reguladoras y se anuncia la convocatoria de subvención de proyectos de energía fotovoltaica, para el año 2021-2022 cofinanciadas por el fondo europeo de desarrollo regional, en el marco del Programa Operativo  Feder-Galicia 2014-2020 (IN421S). (DOG del 7 de julio de 2021).

RESOLUCIÓN de 22 de diciembre de 2021 por la que se redistribuyen los créditos presupuestarios por epígrafes recogidos en la Resolución de 25 de junio de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras y se anuncia la convocatoria de subvenciones para proyectos de energía fotovoltaica para los años 2021-2022, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, en el marco del programa operativo Feder-Galicia 2014-2020 (código de procedimiento IN421S). (DOG del 28 de diciembre de 2021).

RESOLUCIÓN de 17 de febrero de 2022 por la que se da publicidad de las ayudas concedidas al amparo de la Resolución de 25 de junio de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras y se anuncia la convocatoria de subvenciones para proyectos de energía fotovoltaica, para el año 2021-2022, cofinanciadas con el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, en el marco del programa operativo Feder-Galicia 2014-2020 (código de procedimiento IN421S). (DOG de 25 de febrero de 2022).

RESOLUCIÓN de 13 de mayo de 2022 por la que se amplía el plazo establecido en el artículo 25 de la Resolución de 25 de junio de 2021, por la que se establecen las bases reguladoras y se anuncia la convocatoria de subvenciones para proyectos de energía fotovoltaica para el año 2021-2022, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, en el marco del programa operativo Feder Galicia 2014-2020 (código de procedimiento IN421S). (DOG de 20 de mayo de 2022).

La selección de los proyectos que recibirán ayuda se realizará en régimen de concurrencia no competitiva, del que se hará publicidad en la aplicación informática que se utiliza en la gestión de ayudas.

Beneficiarios

a) Las Entidades locales de Galicia y las entidades de ellas dependientes.
b) Las entidades sin ánimo de lucro.
c) Las empresas legalmente constituidas y los autónomos, incluidas las empresas de servicios energéticos que gestionen total o parcialmente instalaciones consumidoras de energía y que el objeto de estos contratos de servicios sea la consecución de ahorro económico derivado de un menor consumo de energía.
 

Dotación presupuestaria

 
Beneficiarios Anualidad 2021 Anualidad 2022 Aplicación Presupuestaria
Empresas 3.300.000 € 875.000 € 06.A3.733A.770.7
Administración Local 100.000 € 100.000 € 06.A3.733A.760.8
Entidades sin ánimo de lucro 100.000 € 25.000 € 06.A3.733A.781.7
Total 3.500.000 € 1.000.000 € 4.500.000 €

Período de actuaciones subvencionables

Se consideran actuaciones subvencionables las realizadas una vez efectuada la solicitud de ayuda y la fecha límite para ejecutar y justificar la inversión será el 15 de julio de 2022. Se amplía el plazo de ejecución hasta el 15 de septiembre de 2022.

Presentación solicitudes

Plazo para la presentación solicitudes:
Inicio: 16 de julio de 2021 a las 9:00 horas.
Fin: 1 de diciembre de 2021 (incluído).

Solo se admitirá la tramitación electrónica.


Los interesados presentarán las solicitudes a través de la aplicación informática habilitada para cubrir los formularios y presentarlos  electrónicamente junto con la  documentación complementaria digitalizada que se indica en las bases reguladoras.

Acceso a la aplicación de cumplimentación y presentación de solicitudes de ayuda.

Documentación mínima necesaria para la tramitación de la solicitud

Además de cubrir el correspondiente formulario con los datos e identificación del solicitante y generales de la actuación (anexo I de solicitud), se deberá aportar a través de la aplicación la siguiente documentación mínima:
 
-    Anexo II,  Poder de representación de la persona que presenta la solicitud, cuando proceda.
-    Tres ofertas de distintos proveedores cuando la inversión sin IVA de la actuación que se subvenciona suponga un gasto para el beneficiario igual o superior a 15.000 €.
-    Memoria técnica de la actuación, según el modelo disponible en la web del Inega (www.inega.gal).
 

Proyectos que se subvencionan

Para garantizar el correcto funcionamiento de la aplicación, se cumplirá el Reglamento electrotécnico de baja tensión (REBT), y el de alta tensión si fuera el caso. Se establece un rendimiento mínimo del panel fotovoltaico del 17% para que el proyecto sea subvencionable.

La potencia máxima de los paneles fotovoltaicos será de 100 kWp.

La inversión máxima por potencia unitaria estará limitada a 840 €/ kWp sin  IVA,  que podrá incrementarse hasta los 1100 €/ kWp, en caso de que se instale un sistema de baterías de  litio con una capacidad de acumulación igual o superior a la potencia pico de la instalación. 

Intensidad de la ayuda y cantidad máxima

La intensidad máxima de la ayuda, según el tipo de beneficiario será:
 
Beneficiarios Porcentaje máximo de ayuda
Entidades locales 80%
Entidades jurídicas sin ánimo de lucro (que no realicen actividad económica) 80%
Empresas, sus agrupaciones y asociaciones, así como entidades sin ánimo de lucro que realicen actividad económica. En el caso de pequeñas empresas la ayuda se incrementará en 10 puntos porcentuales y en el caso de medianas empresas en 5 puntos porcentuales. 20%
 
La cuantía máxima de la ayuda por proyecto para empresas y entidades locales será de 40.000 € y de 25.000 € para entidades sin ánimo de lucro.

En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor del mercado.

Modelos de documentos

- Autorización para la representación Anexo II.
- Memoria técnica solar fotovoltaica.
- Anexo excel de Balance energético.
- Modelo de renuncia.
- Solicitude de modificación de proyecto.
- Modelo obligatorio de publicidad.
- Informe técnico de la actuación realizada.
- Memoria de justificación de la publicidad

Más información

Para solicitar más información puede ponerse en contacto en los teléfonos: 981 541 534, 981 957 803, 981 541 519 e 981 541 530.