La Agencia

La Agencia

En virtud del Decreto 142/2016, de 22 de septiembre, por lo que se modifican las normas reguladoras del Instituto Enerxético de Galicia y se aprueban los estatutos de la agencia Instituto Enerxético de Galicia  se procede a la transformación del Inega en agencia pública autonómica, manteniendo su adscripción a la consellería competente en la materia, conforme lo establecido en la Ley 3/1999, de 11 de marzo, encuadrada dentro de las entidades instrumentales del sector público autonómico reguladas en el título III de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia.

La agencia Inega cuenta con personalidad jurídica propia diferenciada respeto de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, patrimonio y tesorería propios y autonomía de gestión en los términos que precisan las leyes.

DECRETO 142/2016, de 22 de septiembre, por el que se modifican las normas reguladoras del Instituto Enerxético de Galicia y se aprueban los estatutos de la agencia Instituto Enerxético de Galicia.

DECRETO 19/2023, de 2 de marzo, por el que se modifica el Decreto 142/2016, del 22 de septiembre, por el que se modifican las normas reguladoras del Instituto Enerxético de Galicia y se aprueban los estatutos de la agencia Instituto Enerxético de Galicia.

La agencia

OBJETIVOS

Los objetivos básicos de la agencia Instituto Energético de Galicia son el fomento, impulso y realización de iniciativas y programas de actuación para la investigación, el estudio y apoyo de las actuaciones de conocimiento, desarrollo y aplicación de las tecnologías energéticas, incluidas las renovables, la mejora del ahorro y la eficiencia energética, el fomento del uso racional de la energía y, en general, la óptima gestión de los recursos energéticos en los distintos sectores económicos de Galicia, así como la participación en la gestión y prestación, si fuere el caso, de servicios en otros campos sinérgicos al energético, de acuerdo con las directrices del Gobierno en el ámbito de sus competencias.

ÓRGANOS DE GOBIERNO

La Presidencia

La Presidencia de la agencia Instituto Enerxético de Galicia corresponde a la persona titular de la consellería competente en materia de energía. Por razones organizativas y de oportunidad, la persona titular de la consellería competente en materia de energía podrá proponer al Consello da Xunta el nombramiento de una persona para desempeñar la Presidencia de la agencia en su lugar.

El Consejo Rector

El Consejo Rector estará integrado por los siguientes miembros:

a) Presidente/a: la persona titular de la Presidencia de la agencia.

b) Vicepresidente/a: la persona titular de la Dirección de la agencia.

c) Siete vocales, nombrados por la persona titular de la consellería de adscripción:

- Tres vocales representarán la consellería competente en materia de energía y serán designados por esta.

- Dos vocales representará la consellería competente en materia de ordenación del territorio y ambiente y serán propuestos por esta.

- Un/una vocal en representación de la consellería competente en materia de hacienda y será propuesto/la por esta.

- Un/una vocal representará las corporaciones locales y será propuesto por la Fegamp.

Secretario

Designado y nombrado por el Consejo Rector entre lo personal que presta servicios en la agencia. La persona titular de la Secretaría asistirá a las reuniones con voz pero sin voto.

Vocales

ORDEN de 12 de julio de 2023 por la que se nombran vocales del Consejo Rector de la Agencia Instituto Energético de Galicia.

ORDEN del 29 de marzo de 2021 por la que se nombra vocal del Consejo Rector de la Agencia Instituto Enerxético de Galicia

ORDEN del 3 de febrero de 2021 por la que se nombran vocales del Consejo Rector de la Agencia Instituto Enerxético de Galicia

ORDEN de 1 de febrero de 2017 por la que se nombran vocales del Consejo Rector de la Agencia Instituto Enerxético de Galicia

Órganos de gobierno
ÓRGANOS EJECUTIVOS
La Dirección

Es el órgano ejecutivo de la agencia Instituto Enerxético de Galicia, y le corresponde su gestión común y será ejercida, por razón del cargo, por la persona titular de la dirección general con competencias en energía.

OTROS ÓRGANOS
El Comité de Dirección

La persona titular de la Dirección de la agencia Instituto Enerxético de Galicia estará asistida por un comité de dirección compuesto por las personas titulares de la Gerencia, de los departamentos y de la Secretaría del Consejo Rector, en caso de que este no ejerza puesto de director/a de departamento o gerente/a.

La Comisión de Control y Seguimiento

Es el órgano de control del funcionamiento de la agencia Instituto Enerxético de Galicia y estará compuesta por los siguientes miembros:

a) Una persona representante de la entidad titular del contrato de gestión.

b) Una persona representante de la consellería de adscripción de la agencia.

c) Una persona representante de la consellería que tiene las competencias en materia de presupuestos.

d) Una persona representante de la consellería que tiene las competencias en materia de evaluación y reforma administrativa.

ESTRUCTURA ORGANIZATIVA

1. Director

2. Xerencia: de la cual depende el Departamento de Coordinación de Eficiencia Enerxética no Sector Público y de este el Área de Xestión e Coordinación

3. Departamento de Enerxía, del cual dependen el Área de Enerxías Renovables y el Área de Aforro e Eficiencia Enerxética

Estructura organizativa

 

 

FUNCIONES

Sus funciones generales son:

 

Elaborar y proponer a la consellería competente en materia de energía planes y programas en materia energética.

Promover y, si fuere el caso, ejecutar los planes y programas indicados, aprobados por la consellería competente en materia de energía.

Proponer la elaboración de disposiciones para el establecimiento, desarrollo y gestión de la política energética.

Controlar, vigilar e inspeccionar, dentro del ámbito de actuación del Inega y en coordinación con la subdirección general competente en materia de energía, las instalaciones de producción, conducción, distribución, suministro y consumo de energía, teniendo como objetivo prioritario la seguridad de las instalaciones.

Fomentar y desarrollar programas de asesoramiento y auditoría energéticos para impulsar actuaciones de ahorro y mejora de la eficacia energética, elaborar programas de racionalización del uso de la energía y promover el aprovechamiento de los recursos energéticos.

Fomentar y participar en programas y proyectos de investigación y desarrollo de tecnologías energéticas, bienes de equipación y servicios relacionados con la energía.

Fomentar y participar en la evaluación e implantación de sistemas de producción de energía basados en recursos endógenos, con especial promoción de los que utilicen energías renovables y de cogeneración.

Elaborar estudios y realizar y emitir informes y recomendaciones en materia energética para entes públicos o privados.

Organizar programas de formación y reciclaje profesional, en colaboración con centros de formación de ámbito universitario y profesional.

Orientar las personas usuarias en los hábitos de consumo energético mediante campañas y actuaciones específicas.

Fomentar la participación de las empresas e instituciones gallegas nos programas energéticos estatales e internacionales, principalmente los emprendidos por la Unión Europea, así como emitir informe y asesorar sobre las directrices y programas comunitarios dirigidos al ámbito energético

Podrá ejercer la representación de la Comunidad Autónoma en los organismos previstos por la normativa vigente en materia energética.

Además de:

Gestionar la Red de energía de la Xunta de Galicia, creada mediante lo Decreto 66/2013, de 18 de abril.

Realizar una labor divulgativa y formativa en el ámbito de la certificación energética de edificios.

Impulsar y gestionar incentivos para la implantación de proyectos de energías renovables y de eficiencia energética.

Asesorar en el ámbito energético y promover la realización de estudios para la puesta en marcha de medidas de eficiencia energética y energías renovables en la Administración general y en el sector público autonómico de Galicia.

Impulsar y realizar el seguimiento de proyectos innovadores con carácter demostrativo en el ámbito de la energía.

Para el ejercicio de las dichas funciones, el Instituto Enerxético de Galicia podrá actuar tanto directamente como a través de cualquiera de las entidades dependientes de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, sin perjuicio de las limitaciones establecidas por la legislación vigente en caso de que su actuación comporte el ejercicio de potestades administrativas.

Funciones

Sociedades participadas

 

 

Sociedades Participadas

A continuación puede descargarse el siguiente documento donde se desglosan las diferentes empresas y entidades participadas por el Inega.

SOCIEDADES PARTICIPADAS INEGA