PROYECTOS DE ENERGÍA SOLAR FOTOVOLTAICA 2026 - 2027
PROYECTOS DE ENERGÍA SOLAR FOTOVOLTAICA 2026 - 2027
Otras ayudas
Inicio solicitud
Fin solicitud
Año convocatoria
2026
Código(s):
IN421S
Concurrencia:
Competitiva
Fondos:
Feder
A continuación se describen las características principales de estas ayudas, entendiendo que la información que se considera oficial para todos los efectos será la publicada en la Resolución de 23 de diciembre de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras y se anuncia la convocatoria, mediante tramitación anticipada de gasto, de subvenciones para proyectos de energía fotovoltaica, para el año 2026, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, en el marco del Programa Galicia Feder 2021-2027. (Código IN421S). (DOG de 20 de enero de 2026).
RESOLUCIÓN de 23 de diciembre de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras y se anuncia la convocatoria, mediante tramitación anticipada de gasto, de subvencións para proyectos de energía fotovoltaica, para el año 2026, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional en un 60 % del gasto elegible, en el marco del programa Galicia Feder 2021-2027 (código de procedimiento IN421S)
CORRECCIÓN DE ERRORES. Resolución de 23 de diciembre de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras y se anuncia la convocatoria, mediante tramitación anticipada de gasto, de subvenciones para proyectos de energía fotovoltaica, para el año 2026, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional en un 60 % del gasto elegible, en el marco del programa Galicia Feder 2021-2027 (código de procedimiento IN421S)
1. Beneficiarios
a) empresas legalmente constituídas y autónomos, incluídas las empresas de servicios energéticos.
b) administraciones locales de Galicia y entidades de ellas dependientes.
c) entidades sin ánimo de lucro
2. Dotación da ayuda
La dotación presupuestaria tendrá la siguiente desagregación por tipo de beneficiario
| Beneficiarios ayudas | Anualidad 2026 (€) | Anualidad 2027 (€) | Importe total asignado (€) |
| Empresas | 2.450.000 | 2.100.000€ | 4.550.000€ |
| Administración local | 840.000€ | 720.000€ | 1.560.000€ |
| Entidades sin ánimo de lucro | 210.000€ | 1800.000€ | 390.000€ |
| Total | 3.500.000€ | 3.000.000€ | 6.500.000€ |
3. Período de actuaciones subvencionables
El plazo de ejecución se iniciará una vez presentada la solicitud de la ayuda y finalizará en la fecha establecida en la resolución de concesión, sin que nunca pueda exceder del 15 de octubre de 2026, para solicitudes con proyectos a realizar hasta esa fecha, y el 30 de septiembre de 2027, para solicitudes con proxectos a realizar en 2027. Estas dos fechas, son las últimas fechas admisibles de facturación y pago de la inversión. Las actuaciones realizadas entre el 16 de octubre de 2026 y el 31 de diciembre podrán ser imputadas al año 2027.
4. Presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, contado desde el sexto (6º) día hábil siguente al de publicación de la resolución en el DOG.
| TIPOLOGÍA | INICIO DE SOLICITUDES | FIN DE SOLICITUDES |
| Fotovoltaica | 28/01/2026 a las 9.00 horas | 02/03/2026 a las 23.59 horas |
5. Régimen de convocatoria
Concurrencia competitiva de acuerdo con los siguientes criterios de evaluación:
a) características técnicas de los paneles
b) grado de autoconsumo de la instalación
c) repercusión energética de la ayuda concedida
6. Custes elegibles
Para las instalaciones fotovoltaicas la inversión elegible máxima por potencia unitaria (sin IVA) estará limitada a 750 €/kWp.
Sistema de acumulación con baterías, coste adicional (sin IVA) de 750€/kWh de capacidad de acumulación.
La potencia mínima de los paneles fotovoltaicos del proyecto será de 100 kWp y la máxima de 1.000 kWp
7. Cuantía de la ayuda
El porcentaje de la ayuda dependerá el tamaño de la empresa y del tipo de beneficiario, y la ayuda se calculará en función de los costes elegibles.
| Beneficiarios | Porcentaxe de axuda |
| Entidades locales | 60% |
| Entidades jurídicas sin ánimo de lucro (que no realicen actividad económica) | 60% |
| Empresas, sus agrupaciones y asociaciones, así como entidades sin ánimo de lucro que realicen actividad económica. En el caso de pequeñas empresas, la ayuda se incrementará en 20 puntos porcentuales y, en el caso de medianas empresas, en 10 puntos porcentuales. | 30% |
La cuantía máxima de la ayuda por proyecto será de 150.000 €
8. Modelos de la documentación complementaria en la fase de solicitud
- Memoria técnica fotovoltaica
- Nomeamento de representante (anexo II)
- Declaración DNSH
- Declaración responsable del tamaño de la empresa
- Declaración accesibilidad
- Declaración lucha de la morosidad
9. Acceso a la aplicación informática
10. Documentación fase de justificación
- Memoria justificación publicidad
- Informe de la actuación realizada
- Cartel de publicidad
11. Información adicional
Para más información pueden contactar con el Inega a través de los teléfonos:
- Parte administrativa: 981 541 534
- Parte técnica: --
12. Comisión de Valoración
A) La persona que ostenta la jefatura del Departamento de Energía del Inega.
b) La persona que ostenta la jefatura del Área de Energías Renovables del Inega.
c) Un técnico del Inega.